Hola Luis, muchas gracias por escribirnos. En primer lugar, debes saber que la edad de jubilación en España está establecida por ley. Actualmente es de 65 años y 6 meses y se irá incrementando paulatinamente hasta los 67 años en 2027.
Como comentas, efectivamente existen instrumentos de ahorro pensados para permitir a las personas complementar su pensión pública. Entre ellos están los seguros de renta vitalicia y los planes de pensiones. Un seguro de renta vitalicia es un producto de ahorro destinado a la jubilación. Para su contratación, el asegurado realiza pagos durante su vida laboral y con ello se asegura recibir una renta cuando desde el momento de su jubilación hasta el momento de su fallecimiento.
Otro producto que tiene como objetivo complementar la pensión pública cuando un trabajador se jubila es el plan de pensiones. Tradicionalmente no se podía disponer del dinero que se invertía en él hasta el momento de la jubilación o salvo algunas situaciones excepcionales establecidas en la ley, como el desempleo de larga duración o enfermedad grave. Sin embargo, el Gobierno aprobó una medida por la cual se permitirá a partir de 2025 el rescate del plan (acceder al dinero que se ha ahorrado) una vez hayan transcurrido 10 años de las aportaciones al plan de pensiones. Es decir, en 2025 podrán retirarse voluntariamente las aportaciones realizadas antes de 2015. La cantidad que quieras aportar mensualmente al plan de pensiones dependerá de tus objetivos y posibilidades. La ventaja del Plan de Pensiones respecto a un seguro de renta vitalicia es que al llegar al momento de la jubilación el ahorro acumulado en el Plan puede rescatarse de una vez, como renta financiera (una cantidad al mes/trimestre/año) o constituir una renta vitalicia con ese dinero. En los dos primeros casos si fallece el participe sus herederos cobrarán el dinero no dispuesto, pero en el caso de renta vitalicia no recuperarán nada. Esperamos haberte ayudado. Por cierto, ¡que el ahorro te acompañe!