La aprobación por parte del Gobierno del Ingreso Mínimo Vital en plena crisis sanitaria es una medida para ayudar a los hogares españoles en riesgo de pobreza y exclusión social a hacer frente a la crisis económica derivada de la COVID-19. Como consecuencia de la pandemia, millones de personas han perdido su empleo o se han visto afectados por un ERTE. De hecho, según datos de Ministerio de Trabajo, a finales de junio 1,83 millones de trabajadores todavía se encontraban en situación de ERTE. Asimismo, el número de personas en paro supera los 3.862.000, a pesar de haber comenzado el proceso de desescalada y vuelta hacia la nueva normalidad.

El Ingreso Mínimo Vital o Renta Mínima Vital es una prestación no contributiva mensual que ofrece la Seguridad Social con el fin de garantizar un nivel mínimo de renta para aquellos hogares en situación de vulnerabilidad económica, riesgo de pobreza y exclusión social.  Esta ayuda permite complementar las rentas preexistentes hasta alcanzar el umbral mínimo garantizado en los hogares (461,5 euros en el caso de un adulto solo).

En un contexto de crisis sanitaria y económica, esta ayuda aprobada el pasado mayo por el Consejo de Ministros y publicada el pasado 1 de junio en el BOE alcanzará a más de 850.000 familias en situación de pobreza y todas las solicitudes remitidas antes del 15 de septiembre tendrán efecto retroactivo (hasta la fecha de su entrada en vigor).

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¿Cuáles son los requisitos?

Desde el pasado 15 de junio de 2020, las personas que cumplan ciertas condiciones pueden solicitar esta prestación:

  • Tener entre 23 y 65 años, 18 años en los casos en los que haya menores a cargo y 21 años en el caso de ser un hogar de un solo miembro y no contar con ingresos.
  • Poder acreditar ser residente legal y efectiva en España de forma ininterrumpida al menos un año antes de solicitar la ayuda.
  • Encontrarse inscritos como demandantes de empleo.
  • En el caso de las personas que vivan solas, deberán acreditar haber vivido de manera independiente durante al menos tres años, cifra que se reduce a uno en el caso de las familias.
  • Haber agotado previamente las solicitudes de otras prestaciones a las que también podría acceder.

¿Qué cuantía nos corresponde?

Las cuantías dependerán de la renta y el patrimonio familiar, excluyendo la vivienda habitual. En este sentido, las personas que acrediten no superar la Renta Mínima Garantizada en la declaración de la renta de 2019 podrán recibir esta prestación, mientras que aquellas que hayan reducido un 50% sus ingresos en lo que llevamos de 2020 podrán solicitarla tan solo si adjuntan una Declaración Responsable.

Dependiendo de la situación de cada persona, el total de esta ayuda variará de 461,5 euros (una sola persona) a 1.015,3 euros por hogar, percibiendo un incremento de 139 euros por persona y 100 euros más al año en el caso de las familias monoparentales.

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¿Cómo se solicita esta prestación?

La solicitud se podrá realizar a través de la plataforma de la Seguridad Social o remitiendo la información por correo ordinario y en los centros de Atención e Información de la Seguridad Social siempre y cuando hayan abierto nuevamente al público y con las medidas sanitarias necesarias.

A través de la web es posible acceder a un simulador del Ingreso Mínimo Vital, mediante el cual las personas pueden responder a un cuestionario para conocer si cumplen con los requisitos necesarios para solicitar esta prestación y el importe correspondiente.